Documento federal

Reglamento Interior Federal

Federación Tikva Secours (FTS) y sus asociaciones afiliadas Tikva Secours (TS)

Preámbulo

El presente reglamento interior tiene por objeto complementar y precisar los estatutos de la Federación TIKVA SECOURS (FTS), cuyo domicilio social está situado en 1 rue Omer Talon – 75011 París, así como los de todas sus asociaciones afiliadas TIKVA SECOURS (TS).

Es de obligado cumplimiento para todas las personas que participan en la vida federal, a cualquier título: socios, adherentes, dirigentes, voluntarios, empleados, representantes y mandatarios, incluidos los nuevos socios.

El reglamento interior puede consultarse en el domicilio de la Federación y de cada asociación afiliada. Se entrega un ejemplar a cada socio en el momento de su adhesión. Cualquier modificación es objeto de una comunicación dirigida al conocimiento de todos los miembros.

Las disposiciones del presente reglamento interior deben interpretarse de manera coherente con los estatutos. En caso de contradicción, prevalecen los estatutos.

El presente documento establece las normas de funcionamiento interno, administrativo, financiero y disciplinario aplicables a la Federación TIKVA SECOURS y a sus estructuras afiliadas.

Título I: Adhesión y calidad de socio

Artículo 1 – Admisión de socios

La Federación TIKVA SECOURS puede acoger nuevos socios en cualquier momento, sujeto al cumplimiento de las condiciones y procedimientos definidos a continuación.

1.1 – Adhesión de las asociaciones afiliadas

Toda asociación que desee afiliarse a la Federación TIKVA SECOURS debe:

  • Designar un representante único, obligatoriamente persona física;
  • Informar sin demora a la Federación de cualquier cambio de representante;
  • Someter al representante designado a la aprobación del Consejo de administración federal.

Una misma persona jurídica no puede designar más de un representante.

El representante de una asociación afiliada:

  • No puede acumular esta función con la de socio individual de la Federación;
  • Dispone de un único voto deliberativo en las instancias federales.

En caso de impedimento excepcional, la asociación puede designar un mandatario especial o un representante provisional por un período máximo de tres meses, sin creación de derecho de voto adicional.

1.2 – Condiciones de adhesión de los socios individuales

Para ser admitido, todo socio individual o representante debe:

  • Ser mayor de edad;
  • Gozar de sus derechos civiles;
  • Obtener la aprobación del Bureau federal;
  • Tomar conocimiento de los estatutos, del presente reglamento interior y de la carta ética, y comprometerse a respetarlos;
  • Abonar la cuota anual, salvo disposición contraria.

Los presidentes de delegación son socios de pleno derecho de la Federación.

1.3 – Procedimiento de adhesión

Toda solicitud de adhesión se formula por escrito y se dirige al Bureau federal.

La decisión de aceptación o rechazo se notifica al solicitante en un plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de la solicitud. La Federación se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud de adhesión, sin obligación de motivación.

Artículo 2 – Categorías de socios

De conformidad con los estatutos, la Federación TIKVA SECOURS se compone de las siguientes categorías:

Socios activos: participan en las acciones y actividades de la Federación y pueden, en su caso, estar sujetos a un período de evaluación.

Socios de honor: este título es otorgado por el Consejo de administración federal a las personas que han prestado servicios notables. Están exentos de cuota y disponen de voz consultiva.

Socios benefactores: apoyan financieramente a la Federación o a sus acciones y disponen de voz consultiva.

El Presidente de la Federación TIKVA SECOURS es socio de pleno derecho.

Artículo 3 – Cuotas, contribuciones y donaciones

3.1 – Principios generales

Las cuotas y contribuciones constituyen los recursos esenciales para el funcionamiento de la Federación TIKVA SECOURS y de sus asociaciones afiliadas.

Los socios activos y los socios benefactores están obligados a abonar una cuota anual, cuyo importe es fijado cada año por el Consejo de administración federal.

Los socios de honor están exentos de cuota. No obstante, pueden realizar aportaciones voluntarias, asimiladas a donaciones.

Toda cuota, contribución o suma abonada queda definitivamente adquirida por el organismo beneficiario y no podrá dar lugar a ningún reembolso.

3.2 – Cuotas anuales de los socios de la Federación y de las asociaciones afiliadas

Todo socio de la Federación Tikva Secours, ya sea socio directo de la Federación o vinculado a una asociación afiliada, está obligado a abonar una cuota anual obligatoria.

La cuota vence en la fecha aniversario de la primera adhesión y debe renovarse cada año en esa misma fecha.

Los importes de referencia, que sirven de base de adhesión, se fijan de la siguiente manera:

Socio activo: 25 €

Socio estudiante: 10 €

Socio benefactor: 40 € mínimo

Las cuotas son cobradas por la Federación Tikva Secours, que se encarga de su gestión y distribución financiera.

La parte correspondiente a las asociaciones afiliadas se transfiere mensualmente, el día 28 de cada mes, por el conjunto de las cuotas percibidas durante el período transcurrido, según la siguiente distribución:

Socio activo (25 €)

15 € transferidos a la asociación afiliada

10 € conservados por la Federación

Socio estudiante (10 €)

8 € transferidos a la asociación afiliada

2 € conservados por la Federación

Socio benefactor (40 € mínimo)

25 € transferidos a la asociación afiliada

15 € conservados por la Federación

Los importes de referencia sirven únicamente de base de adhesión.

En caso de contribución superior a 40 € para un socio benefactor, solo la parte excedentaria es objeto de una distribución complementaria, en un 70 % a favor de la asociación afiliada y un 30 % a favor de la Federación.

Los importes de las cuotas pueden revisarse anualmente por decisión del Consejo de administración federal.

3.3 – Cuota federal anual de las asociaciones y delegaciones afiliadas

Cada asociación o delegación afiliada a la Federación Tikva Secours está obligada a abonar una cuota federal anual fija de 100 €.

Esta cuota debe abonarse a más tardar el 1 de diciembre de cada año en la cuenta bancaria de la Federación.

La parte conservada por la Federación sobre las cuotas de los socios constituye la contribución federal variable, destinada a financiar las misiones de coordinación, estructuración, representación y desarrollo de la Federación, tanto a nivel nacional como internacional.

El Presidente de una asociación o de una delegación afiliada, tanto en Francia como en el extranjero, está exento de cuota federal, en reconocimiento de su compromiso y sus responsabilidades.

3.4 – Modalidades de cobro y transferencia

Cuando la adhesión se realiza a través del sitio oficial www.tikva-secours.org, los importes son cobrados por la Federación, una vez deducidos los gastos bancarios y técnicos.

Cuando la adhesión se efectúa directamente ante una asociación afiliada, esta transfiere a la Federación la parte federal de la cuota según las modalidades fijadas por el Consejo de administración.

Las donaciones realizadas a través del sitio web en beneficio de una asociación afiliada le son transferidas, tras la deducción de los gastos correspondientes a la transacción.

3.5 – Disposiciones aplicables a nivel internacional

En los países donde la Federación actúa a través de representantes o equipos no constituidos en delegación afiliada, no se exige ninguna cuota federal.

Las delegaciones afiliadas en el extranjero abonan una cuota anual cuyo importe se determina en concertación con la Federación, teniendo en cuenta el contexto local y sus capacidades financieras.

Artículo 4 – Obligaciones de los socios

Todo socio se compromete a:

  • Respetar los estatutos y reglamentos vigentes;
  • Respetar la carta ética y disciplinaria;
  • No actuar nunca en contra de las misiones, valores e intereses de la Federación.

Artículo 5 – Dimisión, baja y fin de mandato

La calidad de socio se pierde, entre otras causas, por:

  • Dimisión escrita;
  • Fallecimiento o disolución;
  • Impago de la cuota;
  • Exclusión por causa grave, previo respeto del principio de contradicción.

Un miembro del Consejo de administración se considerará dimisionario de oficio tras cinco ausencias consecutivas no justificadas.

Título II: Asambleas generales y representación

Artículo 6 – Poderes

Cada socio puede ostentar un máximo de tres poderes.

Los poderes en blanco son nulos y no se tienen en cuenta.

Título III: Funcionamiento y vida asociativa

Artículo 7 – Uso de los locales

Está estrictamente prohibido fumar en todos los locales utilizados por la Federación Tikva Secours o por sus asociaciones afiliadas.

El consumo de alcohol está en principio prohibido. No obstante, con carácter excepcional, podrá autorizarse en el marco de eventos particulares (reuniones oficiales, momentos de convivencia, manifestaciones específicas), previa autorización expresa de la Federación o del órgano directivo competente.

En todo caso, cualquier consumo de alcohol debe mantenerse moderado y responsable, sin excesos, y no podrá poner en peligro la seguridad de las personas, el buen desarrollo de las actividades, ni la imagen y los valores de la Federación y de sus asociaciones afiliadas.

Artículo 8 – Financiación, gestión y uso de uniformes, equipos y materiales

La Federación Tikva Secours (FTS) se encarga de la gestión, el pedido y la financiación administrativa de los uniformes, equipos y materiales necesarios para el ejercicio de las misiones.

No obstante, la financiación efectiva de dichos uniformes, equipos y materiales es realizada por las asociaciones afiliadas (TS), que transmiten a la Federación la totalidad de los fondos correspondientes con carácter previo a cualquier pedido.

Los uniformes y equipos puestos a disposición siguen siendo propiedad exclusiva de la Federación o de la asociación afiliada correspondiente, a excepción de los polos, según las modalidades precisadas a continuación.

Respecto a los polos:

Cada socio está obligado a participar en su financiación en un 50 % del precio total del polo.

En caso de dimisión, baja o cese de funciones, el socio conserva el polo o los polos adquiridos.

Los socios están invitados a ponerse en contacto con su asociación Tikva Secours de pertenencia para tratar con el Presidente las modalidades prácticas de financiación.

Para los socios estudiantes o los socios en situación de precariedad económica, la asociación afiliada podrá, si su situación financiera lo permite, asumir la totalidad del coste del polo. Esta decisión corresponde al Presidente de la asociación, previa consulta al Consejo de administración si fuera necesario.

Los uniformes, equipos y materiales deben utilizarse conforme a las normas federales, exclusivamente en el marco de las misiones, y mantenerse con el mayor cuidado.

En caso de dimisión, exclusión o baja, por cualquier motivo, la totalidad de los equipos y materiales puestos a disposición (excluidos los polos personales) deberá ser devuelta sin demora a la Federación o a la asociación afiliada correspondiente.

Artículo 9 – Seguridad y desarrollo de las actividades

Los responsables designados están habilitados para interrumpir cualquier actividad cuando no se reúnan las condiciones de seguridad.

Artículo 10 – Formación

Se recomienda encarecidamente la participación en las formaciones propuestas por la Federación o sus socios.

Artículo 11 – Seguro

La Federación y las asociaciones afiliadas suscriben un seguro que cubre su responsabilidad civil en el marco de sus actividades.

Título IV: Gestión financiera

Artículo 12 – Compromiso de gastos

Todo gasto superior a 150 € debe ser objeto de una validación previa.

En el extranjero, todo gasto está sujeto a la autorización del Bureau federal.

Artículo 13 – Reembolso de gastos

Los gastos realizados para las necesidades de las actividades son reembolsados previa presentación de justificantes, dentro de los límites fijados por la normativa fiscal.

Título V: Disposiciones finales

Artículo 14 – Modificación del reglamento interior

El presente reglamento interior es adoptado y modificado por el Consejo de administración federal.

Toda modificación es notificada a los socios en un plazo de quince días.

Hecho en París, el 28 de febrero de 2026

Por la Federación TIKVA SECOURS y sus asociaciones afiliadas

El Presidente

Harry GAMESS

Ver también: Carta ética · Aviso legal · Política de privacidad

Documento oficial — Versión V1.0