Artículo 1 – Admisión de socios
La Federación TIKVA SECOURS puede acoger nuevos socios en cualquier momento, sujeto al cumplimiento de las condiciones y procedimientos definidos a continuación.
1.1 – Adhesión de las asociaciones afiliadas
Toda asociación que desee afiliarse a la Federación TIKVA SECOURS debe:
- Designar un representante único, obligatoriamente persona física;
- Informar sin demora a la Federación de cualquier cambio de representante;
- Someter al representante designado a la aprobación del Consejo de administración federal.
Una misma persona jurídica no puede designar más de un representante.
El representante de una asociación afiliada:
- No puede acumular esta función con la de socio individual de la Federación;
- Dispone de un único voto deliberativo en las instancias federales.
En caso de impedimento excepcional, la asociación puede designar un mandatario especial o un representante provisional por un período máximo de tres meses, sin creación de derecho de voto adicional.
1.2 – Condiciones de adhesión de los socios individuales
Para ser admitido, todo socio individual o representante debe:
- Ser mayor de edad;
- Gozar de sus derechos civiles;
- Obtener la aprobación del Bureau federal;
- Tomar conocimiento de los estatutos, del presente reglamento interior y de la carta ética, y comprometerse a respetarlos;
- Abonar la cuota anual, salvo disposición contraria.
Los presidentes de delegación son socios de pleno derecho de la Federación.
1.3 – Procedimiento de adhesión
Toda solicitud de adhesión se formula por escrito y se dirige al Bureau federal.
La decisión de aceptación o rechazo se notifica al solicitante en un plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de la solicitud. La Federación se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud de adhesión, sin obligación de motivación.